Logo

D'BUENOS AIRES SRL c/ A DONDE VAMOS SA s/ESCRITURACION

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia respecto al monto de la cláusula penal, reduciéndola a U$S 30.000, considerando que la penalidad original de U$S 91.800 resultaba excesiva y abusiva, en atención a las circunstancias del incumplimiento y el valor de la prestación principal.

Incumplimiento contractual Compraventa Buena fe Clausula penal Responsabilidad contractual Autonomia de la voluntad Reduccion Penalidad Abusividad Contrato inmobiliario

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda de D' Buenos Aires SRL contra A Donde Vamos S.A, condenando a esta última a suscribir escritura de compraventa y aplicando una penalidad de U$S 91.800 por incumplimiento en la escrituración. La Cámara analizó que la cláusula penal, aunque válida, era abusiva por su magnitud, ya que superaba el valor del precio pactado (U$S 91.800). La parte demandada alegó que la penalidad era desproporcionada y abusiva, y que no existió daño real. La Cámara, tras analizar la función de la cláusula penal, la normativa aplicable y las circunstancias del caso, concluyó que la monto original era excesivo y, en consecuencia, redujo la penalidad a U$S 30.000, considerando que la conducta de la compradora no fue intencional ni reincidente, y que el incumplimiento no generó daños significativos.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar