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SILVESTRI, NANCY ARACELI C/ MUNICIPALIDAD DE CHAJARI S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Entre Ríos anuló los decretos que dispusieron la cesantía de Nancy Araceli Silvestri, condenando a la Municipalidad de Chajarí a su reincorporación y pago de salarios caídos, argumentando que el procedimiento disciplinario violó garantías constitucionales y convencionales.

Debido proceso Nulidad Responsabilidad del estado Procedimiento administrativo Potestad disciplinaria Derechos laborales Empleo publico Garantia constitucional Recursos administrativos. Sancion expulsiva


- Quién demanda: Nancy Araceli Silvestri

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Chajarí

¿Cuál es el objeto del reclamo?

nulidad de los Decretos 159/2019 DE y 552/2019 DE que dispusieron su cesantía, reincorporación y pago de salarios caídos, intereses y daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró la nulidad de los decretos sancionatorios, ordenó la reincorporación de Silvestri en su cargo y el pago de salarios dejados de percibir, además de imponer costas a la Municipalidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El procedimiento disciplinario llevado a cabo por la Municipalidad de Chajarí incurrió en nulidad absoluta por violación del derecho al debido proceso y del derecho de defensa, al no garantizarse la notificación previa, la asistencia letrada, la participación en las etapas preliminares y la precisión en la imputación de hechos. La documentación administrativa y las actuaciones del sumario evidencian defectos graves, incluyendo la falta de fundamentación clara en el acto de imposición de la sanción y omisiones en la investigación que vulneran garantías constitucionales y convencionales. La jurisprudencia interamericana y la doctrina nacional refuerzan que las sanciones disciplinarias deben respetar principios de legalidad, razonabilidad y debido proceso, sobre todo cuando implican la pérdida del empleo público con efectos constitucionales." Incluyendo: "La nulidad del acto sancionatorio se fundamenta en que el procedimiento fue viciado en sus etapas esenciales, afectando derechos fundamentales de la actora. La inexistencia de una imputación concreta, la falta de notificación efectiva y la omisión de garantías procesales vulneraron los estándares internacionales y constitucionales de debido proceso y defensa en sede administrativa." Votos: Los jueces que integran la Cámara coincidieron en la nulidad del acto y la consecuente condena a la Municipalidad de Chajarí.

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