PEREYRA, ANA YOLANDA C/ IAPSER (INSTITUTO AUTOARQUICO DEL SEGURO DE ENTRE RIOS) S/ ACCIDENTE IN ITINERE
La Cámara de Gualeguaychú confirmó la condena al IAPSER por indemnización por accidente in itinere y rechazó el recurso de apelación, manteniendo la sentencia que reconoció secuelas y fijó la suma indemnizatoria. La decisión se fundamenta en la valoración de las pericias médicas y la constitucionalidad del marco normativo aplicado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Gualeguaychú, en autos “Pereyra Ana Yolanda c/ IAPSER”, confirmó la sentencia que condenó al Instituto Provincial del Seguro de Entre Ríos a pagar $10.985.555,89 por accidente in itinere sufrido el 11/05/2018, con secuelas psíquicas y físicas, y una incapacidad del 37,50%. La magistratura revisó la valoración de la prueba pericial, la fundamentación científica de las experticias y la aplicación de la doctrina “Crettaz” respecto a la actualización monetaria y los intereses. La apelante cuestionó la valoración de la prueba, la liquidación y la constitucionalidad del DNU 669/19, además de la aplicación del interés del 12% anual. La Sala consideró que las impugnaciones eran genéricas, que las experticias estaban debidamente fundadas y que la doctrina “Crettaz” resulta obligatoria, además de que el DNU 669/19 es inconstitucional. La mayoría decidió rechazar la apelación y confirmar la sentencia, imponiendo las costas a la parte vencida. La disidencia adhirió en parte a la valoración de la prueba y la constitucionalidad del DNU, pero también propuso confirmar la decisión.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: