PARQUE RESIDENCIAL VILLA ADELINA S.R.L. C/ DORMISCH JORGE PABLO S/ ORDINARIO ACCION REIVINDICATORIA
La Cámara de Entre Ríos revocó parcialmente la sentencia en una acción reivindicatoria, ajustando la calificación de mejoras útiles y dejando en suspenso la ejecución de la sentencia hasta un nuevo trámite incidental. La decisión se fundamenta en la revisión de las mejoras y la mala fe del poseedor.
- Quién demanda: Parque Residencial Villa Adelina S.R.L.
¿A quién se demanda?
Jorge Dormisch
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción reivindicatoria sobre inmueble, cancelación del boleto de compraventa registrado, y reconocimiento de mejoras útiles.
¿Qué se resolvió?
La Cámara admitió parcialmente el recurso de la actora, dejó sin efecto la categorización de mejoras como útiles, suspendió la ejecución hasta determinar la cuantía de las mismas en vía incidental, y confirmó la negativa a cancelar la inscripción del boleto de compraventa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la naturaleza de las mejoras y la buena o mala fe del poseedor, señalando que las mejoras introducidas por el demandado eran útiles y habían incrementado el valor del inmueble, pero que la calificación de esas mejoras como útiles requería una sustanciación previa y específica. La incorporación del boleto de compraventa en la causa, que evidenció la mala fe del poseedor, fue considerada relevante. Se sostuvo que la buena fe del demandado no pasaba de una creencia subjetiva, dado que el boleto de compraventa indicaba que la transferencia requería consentimiento del vendedor y que solo se entregaba tenencia precaria. En relación con la retroacción de las mejoras, se ordenó que su calificación y valuación se resolvieran en incidente, suspendiendo la ejecución. Además, se rechazó la pretensión de cancelar la inscripción del boleto de compraventa, ya que no fue parte del proceso ni fue demandado el adquirente. La Cámara también revocó la resolución que reconocía el derecho de retención del demandado, concluyendo que no existía un crédito líquido y exigible en ese momento. Fundamentos adicionales indicaron que la protección constitucional del domicilio y la vivienda familiar del demandado justificaba la no adopción de medidas que puedan interpretarse como ejercicio abusivo de derechos, y que la ley permite ejercer derechos de retención en ciertos casos, pero en este contexto no correspondía.
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