S., M. P. C/S. A. S/VIOLENCIA DE GENERO
La Cámara de Paraná rechazó el recurso de apelación contra la prórroga de medidas de protección en un caso de violencia de género. La sentencia ratificó la proporcionalidad y fundamentación legal de la decisión, destacando el carácter preventivo y la protección de la víctima.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte apelante, denunciado en un proceso por violencia de género, cuestionó la prórroga de medidas de protección dictada por la autoridad judicial.
- La resolución apelada prorrogó por 120 días diversas medidas, incluyendo la prohibición de acercamiento y la implementación del Sistema Dispositivo Dual, en favor de la denunciante.
- La Cámara consideró que la medida fue dictada en el marco de la Ley 26.485 y su adhesión provincial, priorizando la función preventiva y la protección de la víctima.
- La sala destacó que las medidas cautelares en casos de violencia de género no implican declaración de responsabilidad, sino la protección inmediata: "Lo que importa en la cautelaridad de los procesos de violencia es evitar que los hechos denunciados continúen y que las consecuencia se agraven".
- Además, señaló que la decisión se fundamentó en informes técnicos y en la intervención del Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI), resaltando el carácter provisorio y revisable de dichas medidas: "la medida sea revisada o morigerada a la luz de nuevos elementos técnicos".
- La apelación fue rechazada por considerar que la decisión judicial cuenta con sustento legal y técnico, y que la misma cumple el objetivo de protección y prevención establecido por la normativa vigente.
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