A. S., F. E. C/ S., C. R. Y OTRO S/ ALIMENTOS Y LITIS EXPENSAS
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que fijó la cuota alimentaria en favor del menor y rechazó los recursos de los demandados, fundamentando que la medida es adecuada y respetuosa del interés superior del niño, considerando la carga probatoria y las posibilidades económicas de las partes.
- Quién demanda: L. M. E. A. en representación de su hijo menor F.E.A.S.
¿A quién se demanda?
C. R. S. (padre) y R. D. S. (abuelo paterno)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La fijación de una cuota alimentaria del 35% de los ingresos del padre y su incorporación a la obra social, además de la responsabilidad subsidiaria del abuelo.
¿Qué se resolvió?
Se condenó al padre a pagar una cuota del 30% de sus haberes y a brindar obra social, y al abuelo en carácter subsidiario, en función de la cuota que perciba el padre. La Cámara confirmó estas decisiones y rechazó los recursos de los demandados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de primera instancia respetó los principios del sistema legal argentino, considerando la edad del niño, sus necesidades, y las posibilidades económicas del padre. La prueba aportada y la conducta de las partes, especialmente la incomparecencia del demandado a las audiencias, respaldan la fijación de la cuota. La obligación subsidiaria del abuelo se fundamenta en la normativa del CCyC, que permite demandar a los ascendientes cuando el progenitor no cumple. La valoración de la prueba se realizó en función del interés superior del niño, y no se apreciaron errores en la aplicación del derecho, por lo cual se confirma la decisión de primera instancia.
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