RAMIREZ, SUSANA DEL CARMEN RAMONA C/TRANSPORTES ALMAFUERTE SRL -COBRO DE PESOS Y ENTREGA DE CERTIFICACIÓN LABORAL -RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY
La Cámara de Paraná revoca la imposición de costas en la resolución que dispuso una medida cautelar en proceso de usucapión y establece que las costas deben determinarse en la sentencia del proceso principal. La decisión se basa en la naturaleza instrumental y contingente de las medidas cautelares y precedentes jurisprudenciales.
Actor: Sandra Roxana Ramírez en proceso de usucapión. Demandado: Pamela Sleger y otros. Objeto: Levantamiento de medida cautelar y costas del proceso cautelar. Decisión: La Cámara revoca la imposición de costas por su orden en la resolución del 18/09/2023 y dispuso que las costas de la medida cautelar se decidan al finalizar el proceso principal, en este caso, el de usucapión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El carácter instrumental de los procesos cautelares indica que, cuando en la sentencia dictada en el proceso principal se recepta la pretensión del actor y además, impone al demandado el pago de las costas, entre éstas corresponderá considerar incluidos los gastos y honorarios referentes a la medida cautelar de que se trata." "Toda actitud cautelar es accesoria, y las especiales características del régimen procesal en materia de medidas precautorias y su naturaleza contingente excluyen la posibilidad de una condena específica en costas en el respectivo incidente." "Por ello, la imposición de costas en la resolución del 18/09/2023 debe ser revocada y las costas se definirán en la sentencia del proceso principal." "Respecto de las costas del recurso, en virtud de decidirse la cuestión por un argumento de oficio, las mismas cabe imponerlas por su orden."
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