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SAUCEDO, ROSA CRISTINA C/ CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN DE ENTRE RÍOS S/ ACCIÓN DE AMPARO

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Entre Ríos declaró la inadmisibilidad del amparo contra el Consejo General de Educación, ratificó la validez de la reubicación transitoria de la actora y rechazó los agravios, confirmando la decisión de primera instancia.

Costas Honorarios Recursos de apelacion Nulidad Inadmisibilidad Amparo Sancion administrativa Variacion de circunstancias Reubicacion Normativa educativa.


- Quién demanda: Rosa Cristina Saucedo

¿A quién se demanda?

Consejo General de Educación de Entre Ríos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de la disposición 29/24 que la separó y reubicó transitoriamente en otra dependencia, y la declaración de ilegítima de la sanción administrativa

¿Qué se resolvió?

Se declaró la inexistencia de nulidad, la cuestión fue abstracta por variación de las circunstancias, y se impusieron costas a la parte actora

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sala consideró que no existían vicios invalidantes en las actuaciones ni en la resolución administrativa; que la medida de reubicación se fundamentaba en la normativa vigente y en antecedentes administrativos y penales en trámite contra la actora; que las cuestiones discutidas requerían mayor amplitud de prueba y debate en vía administrativa y contencioso administrativa, por lo que la acción de amparo resultaba inadmisible; y que las circunstancias del conflicto habían variado, volviendo abstracta la cuestión de fondo. Además, se ratificó la regulación de honorarios y las costas por el orden causado.

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