REYES, ALAN ALEJANDRO C/GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA - COBRO DE PESOS -RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Entre Ríos resolvió casando la sentencia y ordenando una nueva liquidación en base a un cálculo del ingreso base más justo para un trabajador eventual. La decisión se fundamenta en que la normativa vigente requiere actualizar los salarios a valores vigentes al momento del siniestro y aplicar interpretaciones analógicas en ausencia de normas específicas para contratos de duración determinada.
Quién demanda: Alan Alejandro Reyes, trabajador eventual accidentado.
¿A quién se demanda?
Galeno A.R.T. S.A., aseguradora del riesgo del trabajo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se aplique un cálculo correcto del ingreso base para la liquidación de la indemnización por incapacidad, ajustando salarios a valores actualizados y considerando la modalidad contractual eventual.
¿Qué se resolvió?
La Cámara casó la sentencia y ordenó que se pratique una nueva liquidación basada en el ingreso base actualizado y en la interpretación adecuada del art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo, en línea con la doctrina legal vinculante y la normativa vigente. Fundamentos principales de la decisión: "El texto actual del art. 12 de la LRT prevé que 'el promedio mensual de todos los salarios devengados durante el año anterior a la primera manifestación invalidante' debe considerarse para calcular el ingreso base, incluyendo la actualización con RIPTE. La modificación de la Ley 27348 corrige la anterior fórmula que utilizaba un promedio mensual dividiendo entre 12, y en casos de relaciones laborales con características distintas a las de un trabajador mensualizado, como el trabajador eventual, se aplica la interpretación analógica. La doctrina vinculante sostiene que para estos casos, el ingreso base debe determinarse dividiendo las remuneraciones totales devengadas durante el período laboral por los días efectivamente trabajados, ajustando salarios a valores vigentes al momento del siniestro." "Por ello, el cálculo correcto del ingreso base en el presente caso debe realizarse considerando las remuneraciones efectivamente trabajadas y actualizadas, no simplemente dividiendo por días corridos del período, garantizando así la protección constitucional del trabajador y respetando la normativa vigente." "En consecuencia, corresponde hacer lugar al recurso y ordenar la remisión de los autos para una nueva liquidación basada en estos fundamentos, con costas a la parte vencida."
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