V., A. E. C/ M., S. E. S/ ORDINARIO COMPENSACION ECONOMICA (ATRIBUCION Y DISTRIBUCION DE BIENES-SORTEO MEDIADOR-CONEX.FLIA. Nº 1)
La jueza de primera instancia rechazó la demanda por compensación económica y dispuso la distribución de bienes tras la ruptura de una unión convivencial, fundamentando la decisión en la falta de acreditación del desequilibrio económico y la inexistencia de una convivencia formal.
- Quién demanda: La señora A.E.V. en representación propia y de su hija menor I.C.G.
- A quién se demanda: El señor S.E.M.
- Qué se reclama: Compensación económica por el supuesto desequilibrio patrimonial tras el cese de la convivencia, atribución de vivienda, distribución de bienes y alimentos.
- Qué se resolvió: Se rechazó la acción de compensación económica y se aprobó parcialmente la distribución de bienes, devolviendo al demandado los bienes acreditados y tasando o vendiendo el resto para dividir en partes iguales.
- Fundamentos principales: La sentencia sostiene que no se probó un desequilibrio económico manifiesto que justifique la compensación, ya que la prueba no acreditó la existencia de una unión convivencial formal ni un empeoramiento patrimonial suficiente. Además, la propiedad de los bienes muebles se mantiene en cabeza del adquirente, y no se acreditó participación conjunta en la adquisición del inmueble ni mejoras. La relación fue considerada atípica y basada en una convivencia de hechos, no en un proyecto familiar formal, por lo que no se configuraron los presupuestos del artículo 524 del CCyC. La valoración de la prueba testimonial y documental llevó a concluir que no existió el desequilibrio que habilite la reparación pretendida.
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