ALVARADO, MARCELO RAMON S- RAPTO, ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL S/ RECURSO DE CASACION (VICTIMA: M.D.R.S.)*
La Cámara de Casación de Paraná confirmó la condena a Marcelo Ramón Alvarado por rapto y abuso sexual con acceso carnal, reduciendo la pena en función de consideraciones de proporcionalidad y valoración de agravantes y atenuantes.
¿Quién es el actor?
Marcelo Ramón Alvarado, condenado por rapto y abuso sexual con acceso carnal, recurrido en Casación por su defensor.
¿A quién se demanda?
La sentencia del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, que lo declaró autor responsable y lo condenó a 12 años de prisión.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión del monto de la pena y la valoración de las pruebas, argumentando que la sentencia era arbitraria, contradictoria y que la pena era desproporcionada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Casación rechazó en su mayoría el recurso, manteniendo la condena y reduciendo la pena a 11 años y 8 meses de prisión por considerar que la sentencia había valorado erróneamente las agravantes y atenuantes y que la pena anterior era excesiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal valoró adecuadamente la prueba producida, en particular las declaraciones de la víctima en Cámara Gesell y las pericias psicológicas, que evidencian la victimización y vulnerabilidad de la menor. La valoración de la prueba fue lógica, racional y ajustada a derecho, sin vicios invalidantes." Además, se consideró que la pena de 12 años excedía la culpabilidad del imputado, por lo que se redujo a 11 años y 8 meses. La sentencia fundamentó que la gravedad del delito, la edad de la víctima, la situación de vulnerabilidad y el aprovechamiento del rol de preeminencia justificaban la pena impuesta, y que no existían agravantes ilegales ni errores en la valoración de la prueba. Por otra parte, la defensa había cuestionado la proporcionalidad de la pena, pero la Sala entendió que la misma se ajustaba a los parámetros legales y jurisprudenciales, y que la valoración de las agravantes y atenuantes fue correcta. La reducción de la pena responde a un análisis de proporcionalidad, conforme a la jurisprudencia de la Corte y la ley penal vigente."
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