SUIGO, ARTURO ROGELIO S-ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL REITERADO Y ABUSO SEXUAL SIMPLE REITERADO EN CONCURSO REAL S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación de Entre Ríos modificó la calificación legal del hecho y mantuvo la pena de cinco años de prisión efectiva por abuso sexual con acceso carnal. Rechazó otros agravios, confirmando la sentencia de primera instancia, y ordenó medidas de coerción para el imputado.
¿Quién es el actor?
El Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos.
¿A quién se demanda?
Arturo Rogelio Suigo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La nulidad de la sentencia por valoración errónea de las pruebas y una correcta calificación del delito.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Casación rechazó el recurso del defensor y casó parcialmente la sentencia, calificando el hecho del menor J. B. como abuso sexual gravemente ultrajante, manteniendo la pena de 5 años de prisión efectiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la valoración de la prueba y la fundamentación del juzgador fueron arbitrarias e insuficientes para descartar la existencia de un sometimiento sexual gravemente ultrajante, dada la coherencia del relato del menor, la espontaneidad, y las condiciones socioculturales del niño. Se analizó la normativa y doctrina sobre el abuso sexual gravemente ultrajante, concluyendo que la conducta del imputado, que repetidamente sometió a los menores a actos con significado sexual, configura dicho delito, aunque sin prueba de penetración. La sentencia también tuvo en cuenta el contexto de vulnerabilidad del niño, la protección de derechos de la infancia, y la necesidad de aplicar criterios objetivos para valorar el ultraje. La Cámara rechazó el planteo de nulidad de la defensa y confirmó la pena, además de imponer medidas de coerción al imputado.
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