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BONVIN, MIRTA MARIA c/ A.N.SE.S. s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Paraná rechazó la apelación y confirmó las decisiones de primera instancia en materia de reajustes previsionales, inconstitucionalidad y costas, manteniendo la validez de la ley 24.241, en parte, y declarando la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.

Costas Inconstitucionalidad Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Ley 27.609 Ley 26.417 Ley 24.241 Ley 27.426 Dnu 157/2018 Jurisprudencia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Mirta María Bonvin, interpuso demanda contra ANSeS solicitando reajuste y movilidad de sus haberes previsionales. La sentencia de primera instancia ordenó el recalculo del haber inicial conforme a las leyes 26.417, 27.426, 27.609 y concordantes, dejando a resguardo su derecho a reponer su PBU tras la liquidación definitiva, y rechazó las inconstitucionalidades de leyes cuestionadas, además de declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018. La Cámara confirmó la decisión, rechazando la apelación del actor y admitiendo parcialmente la del demandado, revocando la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.241, y confirmando en todo lo demás, incluyendo la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, con costas en el orden causado. Fundamentos principales:
- La cámara recordó que no es obligatorio que los jueces inferiores analicen todos los argumentos, solo aquellos que sean decisivos para la resolución.
- Se rechazaron los agravios del actor respecto a la inconstitucionalidad de arts. 1 y 2 de la ley 27.426 y del índice de movilidad, remitiéndose a fallos previos del Máximo Tribunal que ya resolvieron esas cuestiones.
- En cuanto a la ley 24.241, la Cámara revocó parcialmente la declaración de inconstitucionalidad del art. 9, admitiendo el agravio del demandado y dejando a salvo la cuestión de la constitucionalidad del art. 26 de dicha ley para etapa liquidatoria.
- Respecto a la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241, la Cámara la confirmó en parte, pero dejó a salvo su revisión en liquidación si se acreditara perjuicio mayor al 15%.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, en línea con fallos del máximo Tribunal que avalan esa medida, y se impusieron costas en el orden causado.

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