SOTELO, ESTELA MARI c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Paraná revoca parcialmente la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241 y de la resolución 2-E/2018 SSS respecto al índice ISBIC, y confirma la inaplicabilidad del índice para aportes en relación de dependencia hasta febrero 2009, además de declarar la constitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y del art. 25 de la ley 24.241; además, revoca la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo costas a la ANSES y regulando honorarios en un 32%. La decisión sostiene que la aplicación del índice ISBIC en el caso es inválida y que la doctrina del Tribunal Supremo en “Elliff” respalda dicha conclusión. La Cámara también analiza y deja a resguardo la posibilidad de que la parte actora plantee nuevamente el recálculo del beneficio previsional en la etapa de liquidación, en función de los fallos “Makler” y “Quiroga”. La sentencia remarca que la inconstitucionalidad del tope en el art. 26 de la ley 24.241 solo puede determinarse en la liquidación, y que la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241 debe ser rechazada por la existencia de un interés concreto y actual. La decisión fue adoptada con disidencia parcial en algunos aspectos, pero con acuerdo en la mayoría de los puntos.
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