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F., G. S/ INTERNACION

La Cámara de Apelaciones rechazó el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que ordenó la internación involuntaria de un joven con psicosis crónica y antecedentes de desmejoras en su salud mental. La decisión se fundamentó en la evaluación de los informes técnicos y la protección del derecho a la vida y la salud del paciente, considerando que la internación era un recurso terapéutico excepcional y justificado por riesgo inminente.

Salud mental Derechos humanos Derechos del paciente Justicia provincial Psicosis Internacion involuntaria Proteccion judicial Ley 26.657 Riesgo inminente Recursos terapeuticos


- Quién demanda: Dr. Federico Martínez, asesor de la Unidad de Letrados en Salud Mental

¿A quién se demanda?

Cámara de Apelaciones
- Sala Primera Civil y Comercial de Gualeguaychú

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revocación de la resolución que ordenó internación involuntaria de G. F. en el Hospital Neuropsiquiátrico de Rosario del Tala

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la legalidad y razonabilidad de la internación involuntaria

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La internación involuntaria de G. F. ha sido evaluada y ordenada en los términos del art. 20 de la Ley de Salud Mental, N°26.657, como recurso terapéutico excepcional, en cuanto se han descartado los abordajes ambulatorios, y a criterio del equipo de salud, media situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros. Obra además, dictamen profesional del servicio asistencial que realizó la internación, la situación de riesgo cierto e inminente se encuentra refrendada en la audiencia por profesionales de diversas disciplinas; y se cuenta con informe acerca de las instancias previas implementadas." La Cámara sostuvo que la internación fue motivada por la gravedad del cuadro, la falta de recursos locales adecuados, y la necesidad de protección del paciente y terceros, en línea con los estándares internacionales y la normativa vigente. Se enfatizó que la internación involuntaria es un recurso terapéutico excepcional, justificado en la protección de derechos fundamentales y la salud del paciente, y que su control judicial es imprescindible para garantizar su legalidad y proporcionalidad.

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