ZANFARDINI, GIMENA c/ AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION
La Cámara Federal de Bahía Blanca declaró inoficioso el pronunciamiento de la sentencia de primera instancia y confirmó las costas a la demandada, además de modificar la regulación de honorarios en favor del profesional actuante, debido a la abstracción del asunto tras la resolución administrativa favorable a la actora.
Quién demanda: Gimena Zanfardini
¿A quién se demanda?
Agencia Nacional de Discapacidad
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo por mora administrativa ante la inacción de la administración en resolver una solicitud de pensión no contributiva por invalidez laboral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Bahía Blanca declaró inoficioso el pronunciamiento de la sentencia de primera instancia, dado que la resolución administrativa del 16/07/2025 otorgó la pensión, haciendo que la cuestión sea abstracta y sin objeto, y confirmó las costas a la demandada. Fundamentos principales: “...al haberse dictado resolución en el expediente administrativo del actor, y en virtud de lo reglado por el art. 28 de la ley 19.549, la acción entablada ha perdido virtualidad, deviniendo inoficioso el pronunciamiento de esta alzada en las presentes actuaciones, por resultar abstracta la cuestión traída a su conocimiento.” “...los jueces deben decidir colisiones efectivas de derechos mas no hacer declaraciones generales o abstractas (Fallos: 193:534), que no corresponde pronunciamiento cuando circunstancias sobrevivientes han tomado inoficiosa la cuestión sometida a decisión judicial (Fallos: 296:604).” “...la subsistencia de los requisitos. Así, al no existir conflicto litigioso actual respecto del cual este tribunal deba emitir pronunciamiento, corresponde declara inoficioso el examen del recurso de apelación interpuesto.” “...la circunstancia que originó la presente acción de amparo por mora por parte del actor, esto es que a la fecha de su deducción se encontraba pendiente el dictado del acto administrativo, razón por la cual surge que fue la actitud morosa de la administración la que colocó en la necesidad de litigar.” “...puede modificarse la regulación de honorarios en la suma de 7 UMA con más el 40%, equivalentes en la actualidad a $742.732,2, por la complejidad y trascendencia de la cuestión y por la abstracción del asunto.”
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: