RODRIGUEZ, JORGE ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y dispuso un nuevo mecanismo de actualización de haberes previsionales basado en un índice combinado del IPC y RIPTE, ordenando la liquidación trimestral desde marzo de 2022, en atención a la pérdida del poder adquisitivo de los beneficiarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia analiza recursos interpuestos contra una resolución que rechazó parcialmente la demanda de un beneficiario previsional y diferió el tratamiento de la actualización de la PBU a la etapa de liquidación. La Cámara concluye que la ley 27.609, en tanto fijaba un índice de movilidad que no respondía a la realidad inflacionaria y generaba pérdida del poder adquisitivo, resulta inconstitucional desde 2022. La Corte Suprema de Justicia de la Nación y precedentes jurisprudenciales sostienen que la movilidad previsional debe garantizar la protección efectiva del poder adquisitivo, y que las fórmulas legales deben guardar relación razonable con los índices económicos. La Cámara propone aplicar, en sustitución, un índice compuesto en partes iguales por las variaciones del IPC y RIPTE, desde marzo de 2022, para la liquidación de los haberes, asegurando que los mismos no sean inferiores a los liquidaciones anteriores y compensando sumas extraordinarias percibidas por decreto.
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