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COTO CICSA c/ VILA SANTANDER, ALFREDO LUIS s/APEL. DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA

La Cámara Federal confirma la resolución administrativa que declaró infundadas las oposiciones al registro de marca “CABAÑA LOS ALFREDOS”, argumentando que no se configura riesgo de confusión por la diferenciación en los productos y la falta de notoriedad del nombre en el mercado.

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Actor: Coto CICSA Demandado: Alfredo Luis Vila Santander Objeto: La anulación de la resolución administrativa que declaró infundadas las oposiciones a la marca “CABAÑA LOS ALFREDOS” en varias clases del Nomenclador Internacional. Decisión: La Cámara confirma la resolución administrativa del INPI, considerando que no hay riesgo de confusión dada la diferencia en los productos, servicios y trayectoria de las partes, y que la marca solicitada no genera asociación con las marcas de Coto CICSA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El principio de especialidad marcaria limita el derecho del propietario a los bienes y servicios específicos para los cuales fue registrada, no extendiéndose a productos o servicios diferentes. La oposición en cuestión fue considerada con carácter restrictivo, dado que la diferencia en las clases y en los productos/servicios protegidos impide una confusión probable. Además, la existencia de varias marcas con el vocablo 'Alfredo' en distintas clases, y la ausencia de notoriedad del nombre 'Alfredo' en el mercado, refuerzan la decisión de no impedir el registro solicitado." "La relación entre los productos cárnicos en la clase 29 y los servicios de la clase 31, como argumenta Coto CICSA, no resulta suficiente para configurar una probabilidad de confusión, dado que los productos específicos y los ámbitos de mercado son diferenciados, y no hay evidencia de que el público pueda asociar directamente ambas marcas en la misma categoría de productos." "La protección del signo en una clase no implica una extensión automática a otras clases, y la existencia de otros registros con 'Alfredo' no demuestra, por sí sola, una notoriedad que impida el registro de la marca solicitada."

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