COTO CICSA c/ VILA SANTANDER, ALFREDO LUIS s/APEL. DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA
La Cámara Federal confirma la decisión administrativa que declaró infundadas las oposiciones de Coto CICSA a la marca “CABAÑA LOS ALFREDOS” para varias clases, argumentando que la protección del principio de especialidad impide impedir registros en diferentes clases si no hay riesgo de confusión.
¿Quién es el actor?
Coto CICSA
¿A quién se demanda?
Alfredo Luis Vila Santander
¿Cuál es el objeto del reclamo?
oposición a la solicitud de registro de la marca “CABAÑA LOS ALFREDOS” en clases 31, 35, 41 y 44.
¿Qué se resolvió?
se confirma la disposición administrativa que declaró infundadas las oposiciones, manteniendo la validez del registro solicitado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal fundamenta que, según el principio de especialidad marcaria, el derecho de propiedad de una marca se limita a la clase o clases en las que fue registrada. La protección no se extiende automáticamente a otros productos o servicios, incluso si existen relaciones entre ellos, a menos que exista una probabilidad razonable de confusión o interferencia. Se destaca que la diferencia entre los productos ofrecidos por los distintos actores es significativa y que, en general, no hay una superposición perceptible que pueda inducir a error en el público consumidor. La existencia de otros registros con el vocablo “Alfredo” en distintas clases refuerza la inexistencia de riesgo de confusión. El tribunal también señala que la relación entre productos cárnicos y productos ganaderos no es suficiente para justificar un apartamiento del principio de especialidad, y que los productos pueden clasificarse en diferentes géneros con distintas finalidades y públicos. Por todo ello, se desestima el recurso de apelación y se confirma la resolución administrativa que declaró infundadas las oposiciones.
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