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MOLFINO HERMANOS SA (TF 145790837-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la nulidad del Decreto 793/2018 y ordenó la devolución de los derechos de exportación abonados por la actora, fundamentándose en que dicho decreto carecía de sustento legal y constitucional, pues fue dictado sin la intervención del Congreso, en violación del principio de reserva de ley en materia tributaria, y no cumplía los requisitos constitucionales de delegación legislativa válida. La sentencia también consideró que la ley 27.467, que ratificó el decreto, no tenía efecto retroactivo, por lo que los derechos abonados antes de su vigencia debían ser restituídos. La decisión se fundamentó en la doctrina de la Corte Suprema en el fallo “Camaronera Patagónica SA”, que establece que la delegación legislativa en materia tributaria no puede ser amplia ni retroactiva, y que los tributos deben tener sustento en ley previa y clara política legislativa. La Cámara rechazó la apelación del Fisco Nacional y ordenó las costas a cargo del Estado.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Jurisprudencia corte suprema Delegacion legislativa Derecho de exportacion Reserva de ley Legalidad tributaria Restitucion de derechos Decreto 793/2018 Argentina.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Molfino Hermanos SA, reclamó la devolución de derechos de exportación pagados en relación con la destinación 18 093 EC01 001346, tras la declaración de invalidez del Decreto 793/2018 por violación del principio de reserva de ley en materia tributaria. La sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación confirmó la denegatoria de la devolución, basándose en la doctrina plenaria que avala la facultad del Poder Ejecutivo para establecer derechos de exportación. La apelación de la parte actora cuestionó la validez de dicha doctrina y la legalidad del decreto, alegando que el mismo carecía de sustento legal y constitucional, por lo que solicitó la nulidad del decreto y la restitución de los derechos abonados. La Cámara consideró que el decreto, dictado sin la intervención del Congreso y sin una política legislativa clara, vulneraba el principio de reserva de ley y la Constitución Nacional, y que la ley 27.467, que ratificó el decreto, no tenía efectos retroactivos. En consecuencia, declaró la nulidad del decreto 793/2018 y ordenó la devolución de los derechos pagados, con intereses, y las costas a cargo del Estado. La sentencia se apoyó en la jurisprudencia de la Corte Suprema en “Camaronera” y en los principios constitucionales de legalidad tributaria.

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