BORSANI, ATILIO CARLOS c/ EN-M JUSTICIA-EXPTE 108540581/23 s/AMPARO POR MORA
La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala III confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia en un amparo por mora, ampliando el plazo para que la administración dicte el acto correspondiente y modificando la distribución de costas a favor del orden causado, en un caso donde se verificó la mora administrativa sin causas eximentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Atilio Carlos Borsani, promovió amparo por mora contra el Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por incumplimiento en expedirse en relación a una solicitud, tras haberse superado el plazo legal sin respuesta. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó a la demandada responder en 15 días. La parte demandada interpuso recurso de apelación alegando que no se consideraron ciertos señalamientos en informes y que la urgencia podría afectar la pretensión de fondo. La Cámara consideró que el recurso no cuestionó en forma concreta los fundamentos de la sentencia y que las manifestaciones del recurrente no constituyen una crítica razonada, por lo que confirmó la decisión de la instancia anterior respecto a la mora. Sin embargo, admitió el cuestionamiento del plazo de cumplimiento, distinguiendo entre la mora en la emisión de resolución definitiva y la omisión en providencias de trámite, y amplió el plazo para que la administración dicte el acto en 30 días hábiles. Además, modificó la imposición de costas, estableciendo que las soporten en el orden causado. La Cámara reiteró que la mora administrativa se mantuvo y que la apelación en cuanto a la orden de pronto despacho debe ser desierta, confirmando la decisión en ese punto.
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