MIGUELES, JUAN DANIEL C/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE RIOS S/ ACCIDENTE DE TRABAJO
La Cámara de Gualeguaychú confirmó el rechazo de la demanda de Bartolomé Migueles contra Zulma Pedraza por falta de legitimación pasiva, al entender que la relación laboral no existió en los términos invocados. La mayoría consideró que la prueba reunida fue valorada correctamente y que el recurso carecía de fundamentación suficiente.
- Quién demanda: Sr. Bartolomé Migueles
¿A quién se demanda?
Sra. Zulma Beatriz Pedraza
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de vínculo laboral en actividades de envasado y distribución de agua y soda desde 2006 hasta 2021, y/o otros conceptos laborales.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva y se rechaza la acción. La sentencia de primera instancia fue confirmada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El juez de grado analizó las constancias del expediente, especialmente las declaraciones testimoniales, y concluyó que Migueles no pudo acreditar su ingreso en 2006 en la actividad de envasado de agua y soda, ya que las testimoniales de la parte actora no lograron demostrarlo, mientras que las de la parte demandada demostraron que Pedraza y su pareja tenían actividades diferenciadas en un predio en el que Pedraza se dedicaba al agro, inscripta ante AFIP y ATER desde 2010 y 2015, respectivamente. El tribunal sostuvo que la carga de la prueba recayó en el actor y que su prueba no fue suficiente. Además, el tribunal consideró que la relación jurídica atribuida a Pedraza en la actividad de envasado y soda no era válida, ya que no era la titular del establecimiento, sino su pareja, y que las actividades estaban claramente diferenciadas. La apelación no presentó argumentos suficientes para modificar la decisión; por ello, se declaró desierto el recurso y se confirmó la sentencia.
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