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NIEVA, LEONARDO SEBASTIAN Y OTRO C/ MORENO, MARIA BELEN Y OTROS S/ ORDINARIO DAÑOS Y PERJUICIOS (VINC. 9333)

La Cámara de Gualeguaychú confirmó la sentencia que condenó a Jorge Bernardo Roldán Olivera a pagar $219.004.624,41 por daños en un accidente vial ocurrido el 13/01/19, rechazando la apelación de la coaccionada Moreno y admitiendo la del actor.

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- Quién demanda: Leonardo Sebastián Nieva y otros, en representación de su hijo menor A. S. N., y María Ofelia Mioni.

¿A quién se demanda?

Jorge Bernardo Roldán Olivera, María Belén Moreno, y la aseguradora SMG Compañía Argentina de Seguros S.A. en garantía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios por un accidente de tránsito del 13/01/19 en Ruta 12, Km 235, que causó la muerte de Natalia Elizabeth Acosta.

¿Qué se resolvió?

La sentencia de grado hizo lugar en forma parcial a la demanda, condenando a Roldán Olivera a pagar $219.004.624,41 en concepto de indemnización, con intereses, y rechazando la demanda contra Moreno. La Cámara confirmó estos pronunciamientos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La responsabilidad por los daños fue analizada en la causa principal, estableciéndose la responsabilidad del conductor Roldán Olivera y extendiendo la responsabilidad a la aseguradora en la medida del seguro contratado. Se cuestionó la imposición de costas a los actores por la pretensión contra Moreno, argumentando que la víctima era un tercero ajeno y que las costas deben recaer en quien resultó responsable, en este caso Roldán Olivera. La Cámara consideró que, en casos de responsabilidad solidaria, las costas deben corresponder a la parte vencida, y en este proceso, la responsabilidad principal recaía en Roldán Olivera. Se modificó el cálculo de la indemnización por fallecimiento, ajustándola a la actualización de los ingresos según la categoría laboral vigente al momento del fallo, considerando la inflación y los intereses moratorios del 6% anual desde el siniestro hasta la sentencia. La responsabilidad en la extensión de la responsabilidad a la aseguradora se interpretó en el sentido de que la condena se extiende hasta los límites de cobertura del seguro. La sentencia también abordó los agravios relativos a la cuantificación de los daños y la aplicación de intereses, concluyendo que la suma total a pagar debía elevarse a $219.004.624,41, con intereses, y que las costas de la instancia debían ser impuestas a la parte condenada. En relación a los honorarios profesionales, se estableció un 50% de los fijados en primera instancia, encomendando su justiprecio a la jueza de grado. La mayoría de los vocales acompañaron el voto del Dr. Morahan, y la Dra. Pauletti se abstuvo.

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