PELAEZ, GUSTAVO DAMIAN C/ GONZALEZ, JUAN JOSE ANDRES S ORDINARIO DAÑOS Y PERJUICIOS - (EXPTE 14623) S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Gualeguaychú concede la queja por apelación denegada en un proceso por daños y perjuicios, ordenando que se pronuncie la jueza de grado sobre la admisibilidad de la prueba ofrecida por el demandado, por considerar que la denegación vulneró derechos constitucionales y garantías del debido proceso.
¿Quién es el actor?
Juan José Andrés González
¿A quién se demanda?
Contraparte en autos, en el marco de un proceso por daños y perjuicios
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se revoque la resolución que denegó la apelación y se habilite la prueba ofrecida por el demandado, argumentando que la decisión vulneró derechos constitucionales y garantías constitucionales y procesales
¿Qué se resolvió?
La Cámara admite la queja, deja sin efecto la resolución que denegó la recurso de apelación y ordena a la jueza de grado que se pronuncie sobre la admisibilidad de la prueba ofrecida, considerando que la decisión vulneró el derecho a la defensa y el debido proceso
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La resolución cuestionada negó la apelación y la posibilidad de ofrecer prueba en base a una interpretación restrictiva del art. 239 CPCC, sin considerar que la restricción no es absoluta en los casos en que se trata de garantizar el derecho de defensa, especialmente cuando la decisión afecta la admisibilidad y pertinencia de la prueba ofrecida por el demandado. La jurisprudencia y la doctrina citadas permiten entender que los recursos que ponen en juego el derecho a producir prueba o determinar si el ofrecimiento se ajusta a la ley, exceden la limitación del art. 239 y 365 CPCC, siendo procedentes en estos casos. La decisión del tribunal inferior vulneró el derecho constitucional a la prueba y el debido proceso, por lo cual corresponde habilitar el recurso y ordenar la reconsideración de la admisibilidad de la prueba ofrecida por el demandado, sin costas.
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