FRIZZO, MARIA LAURA C/ HOSPITAL SAN MARTIN Y GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos confirmó la sentencia que rechazó la acción de amparo en favor de Laura Frizzo contra el Hospital San Martín y el Gobierno de la provincia, sosteniendo la validez del fallo y la imposición de costas a la parte vencida.
- Quién demanda: Laura Mariela Frizzo
¿A quién se demanda?
Hospital San Martín y Gobierno de la Provincia de Entre Ríos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La realización de una cirugía urgente para tratar aneurismas cerebrales múltiples, en virtud del derecho a la vida y la salud.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia que rechazó la acción de amparo, argumentando que el Hospital San Martín carece de personalidad jurídica para ser demandado de manera autónoma, y que la Administración Pública centralizada, a través del Gobierno, es responsable. Además, se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, confirmando la imposición de costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El proceso de amparo, por su naturaleza, no admite excepciones que impongan pronunciamiento especial, debiendo tramitarse con celeridad. La falta de legitimación pasiva del Hospital San Martín no genera condena en costas, ya que la responsabilidad recae en la Administración centralizada, en este caso, el Gobierno de la Provincia, que fue la parte condenada en la sentencia de grado. La jurisprudencia y las normas constitucionales habilitan la acción contra órganos sin personería jurídica, en tanto que emanan de la Constitución y la Ley N° 8369, y la responsabilidad recae en el Estado provincial."
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