MENDIBURO, FERNANDO MATIAS C/MERCADO PAGO SERVICIOS DE PROCESAMIENTO SRL Y OTRO S/MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA
La Cámara Segunda de Paraná rechazó los recursos de apelación de Mercado Pago SRL y Mercado Libre SRL contra la resolución que ordenó una medida cautelar innovativa en favor del Centro de la Construcción SAS por movimientos financieros sospechosos, fundamentando la legalidad y la correcta notificación de la medida.
- Quién demanda: Centro de la Construcción SAS
¿A quién se demanda?
Mercado Pago Servicios de Procesamiento SRL y Mercado Libre SRL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Suspensión de cobros y retenciones, y abstención de comunicaciones a bancos y bases de datos por movimientos financieros sospechosos, específicamente un crédito de aproximadamente tres millones de pesos sin control adecuado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó los recursos de apelación y confirmó la resolución que hizo lugar a la medida cautelar innovativa, sosteniendo que la notificación fue válida y que la medida fue fundada en la existencia de movimientos financieros irregulares, en cumplimiento del art. 52 bis de la Ley de Defensa del Consumidor y la protección del derecho del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El oficio dirigido a los aquí recurrentes tenía por objeto anoticiar una orden judicial para que la misma se ejecute, no correr traslado de demanda alguna como se soslaya, independientemente que los recurrentes tomaron conocimiento de la misma. Una vez recibidos los oficios, los propios recurrentes optaron -como estrategia procesal
- recurrir la medida conjuntamente expresando los agravios; y este propio proceder, bajo la lógica de la teoría de los actos propios, impone el rechazo de su planteo en el sentido de que se vieron limitados para defenderse por carecer de información necesaria para ello."
"Los recursos de apelación no logran revertir la legalidad de la medida cautelar, la cual se fundamentó en la sospecha fundada de irregularidades en movimientos financieros y en la protección del consumidor, sin vulnerar el derecho de defensa, ya que la notificación fue válida y los actores tuvieron oportunidad de intervenir."
"El análisis integral del marco normativo, incluyendo la tutela preventiva y la normativa del consumidor, confirma que la resolución apelada se ajusta a derecho, y que la estrategia procesal de los recurrentes no afecta la validez de la medida ordenada."
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