SANTINI, ERIC AGUSTÍN - CEJAS HECTOR EMANUEL - CABRERA GUSTAVO ADRIÁN - MILDENBERGER ALFONSO MARTIN S/IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA
El Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos revoca la resolución que denegó las impugnaciones extraordinarias, declarando su inadmisibilidad y habilitando su análisis de fondo, por considerar que las críticas de las partes estaban suficientemente motivadas para acceder a la vía excepcional.
¿Quién es el actor?
La defensa de Gustavo Adrián Cabrera y la defensa de Alfonso Martín Mildenberger, en el marco de un recurso de casación y queja.
¿A quién se demanda?
La resolución N° 238 de la Sala N° 1 de la Cámara de Casación del Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos, que denegó las impugnaciones extraordinarias.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La habilitación del recurso de impugnación extraordinaria ante la supuesta insuficiencia del auto denegatorio y la vulneración de garantías constitucionales, específicamente en relación con la interpretación del art. 5 de la ley 10.746 y el riesgo de parcialidad del jurado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Superior hizo lugar a los recursos de queja, declaró las impugnaciones extraordinarias mal denegadas, las admitió para su análisis y decisión de fondo, y ordenó la continuación del trámite, con costas de oficio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala consideró que la resolución impugnada no contenía vicio alguno y que la interpretación del art. 5 de la ley 10.746 por parte del tribunal de grado resultaba razonable, dado el carácter excepcional de la prórroga de jurisdicción y la necesidad de fundamentar la petición. Se señaló que las críticas de las partes estaban suficientemente motivadas, puesto que se discutía la afectación a garantías constitucionales como el derecho de defensa, imparcialidad y debido proceso, lo cual habilitaba la vía extraordinaria. La jurisprudencia citada por las partes respecto a la arbitrariedad y la necesidad de una fundamentación sólida fue considerada. El Tribunal destacó que el recurso de queja debe centrarse en demostrar el error del tribunal inferior en la denegación del recurso, y que en el caso no se cumplía con esa exigencia, por lo que inicialmente fue considerado inadmisible. Sin embargo, tras revisión, se concluyó que las críticas estaban motivadas y justificaban la admisión. La mayoría aprobó la decisión de habilitar la revisión de fondo y la declaración de las costas de oficio.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: