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TONON, DIANA Y OTRO C/ BANCO BBVA ARGENTINA SAC S/ SUMARISIMO (CIVIL) (LEY DEFENSA DEL CONSUMIDOR)

La Cámara de Gualeguaychú modificó parcialmente la sentencia que condenó al Banco BBVA Argentina S.A. en un caso de fraude por transferencia fraudulenta, dejando sin efecto los intereses sobre el daño punitivo y manteniendo la responsabilidad del banco, pero ajustando la condena a intereses.

Responsabilidad objetiva Dano moral Intereses Recurso de apelacion Responsabilidad solidaria Multa civil Fraude bancario Seguridad bancaria Sim swapping Ley de defensa del consumidor (art. 40)

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia de primera instancia condenó al Banco BBVA Argentina S.A. a restituir $593.000,00 por transferencias fraudulentas, además de indemnizaciones por daño moral y multa civil, fundamentando su decisión en que la relación era de consumo y que el banco era responsable por incumplimiento del deber de seguridad ante un fraude de tipo "sim swapping". La jueza consideró que la entidad bancaria no adoptó medidas adecuadas para prevenir fraudes y, en virtud del art. 40 de la Ley de Defensa del Consumidor, la responsabilidad era objetiva y solidaria con Telecom Argentina, responsable del servicio telefónico. La Cámara, en mayoría, admitió parcialmente el recurso del banco, dejando sin efecto los intereses sobre el daño punitivo, por entender que no corresponden intereses sobre multas civiles y que estos devengan solo en caso de incumplimiento, y rechazó los demás agravios. La minoría se abstuvo de votar.

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