R. C. V., EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE SUS HIJOS A. D. y B. D. C/D. L. F. S/EJECUCION DE ALIMENTOS S/AUTOS HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO
La Cámara de Entre Ríos confirmó la sentencia que ordenó la ejecución de alimentos por falta de pago y actualización de cuotas, sosteniendo que el acuerdo homologado y su mecanismo de actualización en función del SMVM son válidos y vinculantes.
- Quién demanda: R. C. V., en nombre y representación de sus hijos A. D. y B. D.
¿A quién se demanda?
D. L. F.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de cuotas alimentarias impagas, actualización de las mismas y cobro de diferencias por pagos parciales desde julio 2022 a julio 2023, más intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que ordenó la ejecución, rechazando los agravios del demandado respecto a la interpretación del convenio, la actualización de cuotas, los intereses y las costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El acuerdo homologado establece que la actualización de la cuota alimentaria será en el mismo porcentaje en el que se incremente el Salario Mínimo, Vital y Móvil, y no habiéndose estipulado que dicho incremento se efectuaría de manera semestral, corresponde hacer lugar a la liquidación efectuada por la actora, siendo correcta la variación utilizada." "En materia de intereses, la aplicación de la tasa doble de la tasa activa del Banco Nación se ajusta a lo dispuesto en el art. 552 del CCyC, dado que las sumas debidas por alimentos devengan intereses por incumplimiento, en las circunstancias del caso." "La conducta pasiva del alimentante, que no realizó esfuerzos adicionales para cumplir con la cuota, favorece la posición de la alimentada. La revisión del acuerdo homologado revela que las partes pactaron un mecanismo de actualización en función del SMVM, válido y consentido, con pleno respaldo en la autoridad del acto jurídico." "Las costas deben soportarlas la parte vencida, en atención a la regla del art. 138 de la LPF, ya que la parte demandada incurrió en la impugnación infundada y sin fundamento."
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