A., I. G. C/C., E. D. G. S/ORDINARIO ACCION DE NULIDAD
La Cámara de Concordia revocó la sentencia de primera instancia y declaró la nulidad de los actos jurídicos de cesión de derechos y contrato de locación por vicio de lesión, ordenando que se sustancien los daños y perjuicios y se investigue posible ilícito penal. La decisión se fundamenta en que los actos contienen vicios que afectan su validez, y en la vulnerabilidad de la actora, una mujer mayor en condición de vulnerabilidad, que fue sometida a un acto jurídico sin la suficiente comprensión o consentimiento informado, en un contexto de posible explotación y engaño por parte del demandado, un abogado matriculado, que actuó con conducta abusiva y en contradicción con principios de buena fe y protección a las personas vulnerables.
¿Quién es el actor?
I. G. A. (actora)
¿A quién se demanda?
E. D. G. (demandado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
nulidad de los actos jurídicos de cesión de derechos sobre inmueble y contrato de locación, por vicio de lesión, y daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y declaró la nulidad de los actos jurídicos por vicio de lesión, ordenando que se sustancien los daños y perjuicios y se investigue posible ilícito penal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El actual texto del art. 332 del CCCN ha ampliado el universo de casos en los que puede configurarse la lesión, incluyendo la explotación de la 'debilidad psíquica' del sujeto, que en este caso se evidencia en la condición de mujer mayor y vulnerable de la actora. La desproporción en las prestaciones y la falta de pago del precio acreditado en el expediente permiten presumir la existencia de explotación y aprovechamiento indebido, en especial considerando la conducta abusiva y en contradicción con principios de buena fe del demandado, un abogado matriculado. La valoración de la prueba, incluyendo la documental y testimonial, evidencia que la actora actuó en condiciones de vulnerabilidad y que los actos jurídicos celebrados contienen vicios que afectan su validez, por lo que procede declarar su nulidad." Disidencia: La sentencia de primera instancia consideró que no se había probado la ilicitud contractual ni la falta de comprensión por parte de la actora, por lo que rechazó la demanda. La Cámara, en cambio, analizó en profundidad la vulnerabilidad y las circunstancias del caso, concluyendo que la nulidad por lesión era procedente.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: