GABAS, BRIAN NAHUEL C/BANCO INDUSTRIAL Y COMERCIAL DE CHINA (ICBC) Y OTRO S/SUMARISIMO
La Cámara de Paraná confirmó la condena solidaria a Escobar Santa Fe SACIFI y al ICBC por incumplimiento del deber de información en relación a un préstamo prendario. Rechazó la apelación y mantuvo la condena de $280.000 más intereses, destacando la responsabilidad objetiva del sistema de consumo.
- Quién demanda: Sr. Brian Nahuel Gabás.
¿A quién se demanda?
ICBC y Escobar Santa Fe SACIFI.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por incumplimiento del deber de información en la venta de un vehículo financiado, incluyendo daño moral, gastos de traslado, comunicaciones telefónicas, mediación y cartas documento.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó solidariamente a ICBC y Escobar Santa Fe SACIFI a pagar $280.000 más intereses, con costas. La sentencia consideró que existió incumplimiento en el deber de información y responsabilidad objetiva en la cadena de consumo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El incumplimiento del deber de información, consagrado en el art. 42 CN y en normas de la LDC, se configuró por la insuficiencia y contradicción en la información brindada por ICBC y Escobar Santa Fe SACIFI, respecto a las condiciones del crédito y la naturaleza del paquete de servicios vinculados. La responsabilidad del sistema de consumo es objetiva y solidaria, conforme al art. 40 de la Ley 24.240, dada la conexidad contractual y la finalidad protectoria del derecho del consumidor. La responsabilidad se extiende a toda la cadena, sin que las eximentes de causa ajena hayan sido acreditadas, y los montos indemnizatorios, incluyendo gastos no pedidos, fueron correctamente justificados. La apelación fue desestimada en todas sus cuestiones, manteniendo la condena y las costas."
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