DAMONTE, AUGUSTO ALEJANDRO C/ BANCO INDUSTRIAL Y COMERCIALDE CHINA (ICBC) S/ EJECUCION DE HONORARIOS
La Cámara de Paraná modificó la regulación de honorarios en una ejecución de honorarios, reduciéndolos de la suma inicial a $301.942,20, considerando que la regulación original resultaba excesiva y que la proporcionalidad y el principio de razonabilidad deben prevalecer en la fijación de honorarios profesionales.
Quién demanda: Dr. D. A. R. (abogado ejecutante)
¿A quién se demanda?
La parte demandada, Banco Industrial
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La regulación de honorarios profesionales por $552.466,20 y su rechazo por considerarlos altos y sin fundamento, solicitando que se aplique el art. 1255 del CCCN.
¿Qué se resolvió?
La Cámara admitió el recurso de apelación, dejando sin efecto la regulación inicial y fijando los honorarios en $301.942,20, equivalente a 5 juristas, en atención a la proporcionalidad y a los principios de razonabilidad y justicia en la retribución profesional. Fundamentos principales de la decisión: "El principio de proporcionalidad impone a los jueces que, en oportunidad de estimar la retribución de cualquiera de los profesionales por su actuación en el proceso, deban apartarse de los montos o porcentuales mínimos cuando la naturaleza, alcance, tiempo, calidad o resultado de la tarea realizada o el valor de los bienes que se considerasen, indiquen razonablemente que la aplicación estricta, lisa y llana de los mismos, ocasionará una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución que en virtud de aquellas normas habría de corresponder." "Por ello, considerando lo precedentemente expuesto, teniendo en cuenta la labor profesional, el éxito obtenido y la real o probable dedicación temporal, y la jurisprudencia citada, se hace lugar al recurso, fijando los honorarios en la cantidad de 5 juristas." "El principio de razonabilidad de base legal (art.3 CCCN) y constitucional impregna todo el ordenamiento jurídico, y la proporcionalidad debe guiar la valoración de la retribución, en atención a la naturaleza y alcance del trabajo realizado."
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