R., N. E. Y. C/ P. M. A. G. S/ ALIMENTOS
La sentencia fija la cuota alimentaria definitiva en favor del hijo mayor de edad en 2 salarios mínimos, tras analizar la insuficiencia económica del padre y la dedicación exclusiva de la madre. Además, ordena el pago de alimentos atrasados desde 2021 y establece las condiciones para su cumplimiento.
- Quién demanda: La Sra. N.E.Y.R., en representación de su hijo menor de edad J.E.P.M.
¿A quién se demanda?
El Sr. A.G.P.M.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Fijación de cuota alimentaria en favor del hijo, en la suma de 2 salarios mínimos vitales y móviles, y cobro de alimentos atrasados desde 07/04/2021.
¿Qué se resolvió?
Se fija la cuota en 2 salarios mínimos, se ordena su depósito mensual en cuenta judicial, y se declara la deuda por alimentos atrasados desde la fecha de interposición de la demanda. Además, se rechaza la extensión de la cuota pasados los 21 años del hijo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La prueba documental y testimonial demuestra que la actora asumió en forma exclusiva los gastos del menor, incluyendo alimentación, salud, educación y actividades extraescolares, evidenciando la insuficiencia económica del progenitor demandado." "El demandado, a pesar de alegar incapacidad laboral, no acreditó con suficiente documentación su situación patrimonial ni sus ingresos reales, limitándose a ofrecer un expediente de escrituración y un beneficio de ANSES, sin demostrar su capacidad económica actual." "La obligación alimentaria en estos casos debe ajustarse a las necesidades del menor y a la capacidad económica de los progenitores, sin que la falta de ingresos del demandado sea excusa suficiente para eximirlo de su deber, máxime considerando su participación en alquileres temporarios y beneficios previsionales." "Se establece que los alimentos deben pagarse desde la fecha de la demanda, con efectos retroactivos conforme los artículos 548 del CCyCN y 132 de la LPF." "Las costas del proceso son a cargo del progenitor alimentante, en atención a su incumplimiento y responsabilidad en la situación."
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