SANCHEZ, JOSE MARIA -SUCESORIO AB INTESTATO S/ INCIDENTE COMPETENCIA
La Cámara de Gualeguaychú confirmó la condena a 7 años y 2 meses de prisión para Julio Jorge Sánchez Richieri por abuso sexual de tres menores, tras acreditar la materialidad de los hechos y la responsabilidad del acusado con sólida fundamentación probatoria basada en la declaración de víctimas y peritajes especializados.
- Quien demanda (Actor): Ministerio Público Fiscal y querella particular.
Demandado: Julio Jorge Sánchez Richieri.
Objeto: La declaración de responsabilidad penal por delitos de abuso sexual simple en distintas modalidades y reiteraciones respecto de tres menores de edad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Gualeguaychú declaró la responsabilidad del acusado y lo condenó a la pena de siete años y dos meses de prisión efectiva, por considerar probada la materialidad de los hechos y la participación del imputado en ellos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia analizó exhaustivamente la prueba testimonial, pericial y documental, destacando la credibilidad y verosimilitud de los relatos de las víctimas, la ausencia de motivos de mendacidad, y la participación activa del acusado, quien se valió de su autoridad y relación familiar para perpetrar los abusos, que ocurrieron en el domicilio del imputado y en una duración prolongada, con efectos psíquicos graves en las menores. Se resaltó que los testimonios y peritajes especializados (psicológicos y psiquiátricos) confirmaron las secuelas y la gravedad de los hechos, descartando la existencia de causas de inimputabilidad o justificación. La condena se fundamentó en la tipificación del art. 119 del Código Penal, la reiteración de hechos, la extensión del daño y la gravedad de la conducta, con una ponderación que no admite duda sobre la responsabilidad del imputado.
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