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V., T. V. C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCIÓN DE AMPARO

La Cámara de Entre Ríos hizo lugar a la acción de amparo y ordenó a IOSPER la entrega de materiales médicos para R., confirmando la necesidad de garantizar el derecho a la salud de la menor. La sentencia sancionó a la obra social por temeridad y ordenó investigar posibles irregularidades.

Derechos del nino Salud Amparo Temeridad Investigacion penal Proteccion constitucional Responsabilidad administrativa Incumplimiento obra social Provision de materiales medicos Irregularidades en iosper


¿Quién es el actor?

Tatiana Vanesa V., en representación de su hija menor R. V.

¿A quién se demanda?

Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura del 100% de materiales necesarios para realizar un estudio electrofisiológico y ablación por radiofrecuencia, esenciales para tratar la diagnóstico de TPS de R., y que se provean de forma efectiva y documentada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a IOSPER la entrega inmediata y efectiva de los materiales, sancionando a la obra social con multa por temeridad (más de 11 millones de pesos), y disponiendo la investigación penal por posibles irregularidades y delitos relacionados con la gestión de fondos y la omisión en la provisión de prestaciones esenciales. Además, se impusieron costas a IOSPER y se ordenó informar al Ministerio Fiscal sobre los hechos. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal consideró que la acción estaba fundamentada en derechos constitucionales, internacionales y legales que protegen la salud y la vida de la menor, y que la demora en la provisión de los materiales, pese a la autorización formal, constituye una omisión arbitraria y negligente que vulnera dichos derechos. La sentencia destacó que R. presenta síntomas graves y requiere intervención urgente, que la demora agravaría su estado de salud y calidad de vida, y que la conducta de IOSPER, que no acreditó la entrega efectiva de los materiales, refleja una negligencia o posible conducta temeraria. La reiteración de casos similares y las irregularidades en la gestión de fondos públicos y fondos de la obra social justifican la sanción por temeridad y la investigación penal, en un contexto de grave crisis financiera y administrativa de IOSPER. La decisión también resaltó que la protección de los derechos del menor y la gravedad del caso justifican el uso del amparo como vía adecuada, y que la conducta de la obra social, que autorizó pero no entregó los materiales, configura una omisión arbitraria y una violación manifiesta a los derechos constitucionales.

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