URRUTIA, JEAN MARCELO Y OTRA C/MAS ANA MARIA Y OTRO S/ORDINARIO DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Segunda en lo Civil y Comercial de Paraná revisó una demanda por daños y perjuicios derivada de siniestro vial. La Cámara modificó el monto de la indemnización por incapacidad sobreviniente a favor de Jean Marcelo Urrutia y confirmó el resto del fallo, justificando la actualización del cálculo y la valoración de daños.
- Quién demanda: Fedra M. Litrico y Jean M. Urrutia, en representación de sus hijos menores.
¿A quién se demanda?
Ana María Mas, en calidad de sucesora de José L. Mas.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial ocurrido en la ruta N° 40, Río Negro, incluyendo incapacidad sobreviniente, lucro cesante, daño psicológico y daño moral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando la suma a $12.582.698,00 por incapacidad sobreviniente de Urrutia, y confirmó en lo demás.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la valoración de las lesiones, la aplicabilidad de los baremos médicos, y la proporcionalidad del daño moral. Destacó que la fórmula de cálculo del porcentaje de incapacidad debe ajustarse a los baremos y a los criterios de la jurisprudencia, rechazando agravios relacionados con la cuantificación de cicatrices y daño psicológico, y justificando la actualización del monto indemnizatorio. Además, señaló que la responsabilidad del siniestro recayó en José L. Mas y que la cuantificación del daño moral requiere valoración de las circunstancias particulares de cada víctima.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: