PAEZ, MARCELO JAVIER S-ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL - CORRUPCIÓN DE MENORES AGRAVADA EN CONCURSO REAL S/IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA
La Cámara de Casación Penal de Entre Ríos revocó el fallo que había declarado la prescripción y sobreseyó al imputado Marcelo Javier Paez, ordenando su procesamiento por considerar que la causa no estaba prescripta. La decisión fundamentó en que la interpretación del hecho y la aplicación del principio de legalidad deben prevalecer sobre los argumentos de prescripción, en línea con los tratados internacionales y la normativa constitucional que protegen derechos de víctimas menores.
¿Quién es el actor?
La Fiscalía y la defensa del imputado Marcelo Javier Paez.
¿A quién se demanda?
A Marcelo Javier Paez, en causa por delitos sexuales y corrupción de menores.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revocación de la declaración de prescripción y el sobreseimiento, y que se continúe con la investigación y proceso penal.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Casación revocó la decisión que declaró prescripta la acción penal, ordenando que se prosiga con el proceso y se deje sin efecto el sobreseimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El derecho penal no contempla una imprescriptibilidad automática para delitos contra la integridad sexual de menores, pero la interpretación de normas internacionales y constitucionales, en particular la Convención Americana y los tratados de derechos humanos, refuerzan la protección de la víctima y la necesidad de realizar un juicio oral que garantice su derecho a la verdad y a la justicia. La prescripción debe ser analizada en cada caso, atendiendo a los derechos de las víctimas y a los principios de legalidad y dignidad humana." "La interpretación de la ley penal debe ajustarse a los principios constitucionales y convencionales, sin que ello implique una modificación del ordenamiento legal, y en este contexto, la causa no debe ser considerada prescripta por la simple aplicación literal del plazo." "El proceso judicial debe garantizar el acceso a la justicia y la protección de los derechos de la víctima, especialmente en delitos sexuales contra menores, sin que la prescripción pueda usarse como excusa para cerrar la investigación cuando existen elementos probatorios y el interés superior del niño."
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