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ESTEVECORENA, NESTOR GABRIEL C/ LÁCTEOS REPÚBLICA DE ENTRE RIOS SRL S/ COBRO DE PESOS (LABORAL) S/ SENTENCIAS DEFINITIVAS ORDINARIO

La Cámara de Apelaciones del Trabajo de Entre Ríos revisó la sentencia que condenó a Lácteos República de Entre Ríos SRL por conceptos laborales, modificando la condena y ordenando que la liquidación final sea ajustada según lo resuelto, en especial respecto al adicional de traslado y multas.

Recurso de apelacion Derecho laboral Horas extras Adicional de traslado Multa art. 80 lct Indemnizacion ley 25.323 Liquidacion final Despido sin causa Prueba testimoniales Distancias laborales.


- Quién demanda: Nestor Gabriel Estevecorena, trabajador agrario (Ley 26.727).
- A quién se demanda: Lácteos República de Entre Ríos SRL.
- Qué se reclama: Cobro de suma de $ 938.486,00 por adicional de alimentación y transporte, horas extras, indemnizaciones, multas y demás conceptos laborales.
- Qué se resolvió: Parcialmente se hizo lugar a la apelación y se modificó la liquidación final, condenando a la empleadora a pagar las diferencias por adicional por traslado, multas del art. 80 LCT y la indemnización prevista en la ley 25.323, y se desestimaron en parte los agravios respecto a horas extras y demás conceptos.
- Fundamentos principales: El tribunal analizó que los agravios del trabajador respecto a la falta de acreditación de horas extras no resultaron suficientes, ya que la prueba aportada fue insuficiente y no se logró demostrar la existencia de horas extras en forma categórica. La valoración de testimonios y registros de horarios fue adecuada y conforme a la jurisprudencia. Respecto al adicional por transporte, el tribunal aceptó que la distancia real excedía los 9 km señalados, y en consecuencia, ordenó que la liquidación incluya la diferencia correspondiente, duplicando el monto del cálculo inicial. Se hizo lugar también a la multa del art. 80 LCT, dado que la empleadora incumplió en el pago de los rubros en tiempo y forma, y se ordenó la condena a pagar las indemnizaciones por la irregularidad en los registros y la aplicación de la ley 25.323. Finalmente, se rechazaron los agravios en relación a la falta de dación de trabajo y a otros conceptos, ya que no se acreditó que la empleadora privara de tareas al actor o actuara de forma abusiva en el ejercicio del ius variandi. El tribunal también dejó en claro que los agravios sobre la liquidación y costas fueron atendidos en los términos del pronunciamiento.

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