G., S. C. C/F., C. R. Y OTRA S/MEDIDA CAUTELAR PROHIBICION DE INNOVAR
La Cámara de Entre Ríos revoca la resolución que rechazó la medida cautelar y ordena hacer lugar a la prohibición de innovar sobre la vivienda familiar, protegiendo así el derecho a la vivienda y la vulnerabilidad de las partes, fundamentando en perspectiva de género y derechos constitucionales.
- Quién demanda: La Sra. G. S. C.
¿A quién se demanda?
C. R. F. y S. G. F.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La adopción de una medida cautelar de prohibición de innovar respecto del inmueble que funciona como hogar conyugal, con el fin de proteger la vivienda familiar y evitar actos que vulneren derechos de la actora y su hija.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la resolución que rechazó la pedido cautelar y dispone hacer lugar a la medida solicitada, considerando que la protección de la vivienda familiar es un derecho constitucional y convencional, y que la cesión de derechos sin consentimiento del cónyuge constituye acto nulo que vulnera derechos humanos y de género.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal argumenta que la protección de la vivienda familiar es un derecho fundamental y que la cesión de derechos sin el consentimiento del cónyuge en el marco del régimen de bienes propios es un acto nulo, especialmente cuando se realiza en venganza por denuncias de violencia de género. Se destaca que la prohibición de innovar en la vivienda familiar es una medida cautelar necesaria para evitar perjuicios irreparables y que debe aplicarse con perspectiva de género, garantizando la protección de las mujeres y niños en situación de vulnerabilidad. El tribunal señala que la decisión previa contradecía principios constitucionales y convencionales, y que la protección de la vivienda y la familia requiere una interpretación armónica con los derechos humanos y el derecho internacional. Se enfatiza que la protección de la vivienda familiar no puede depender de criterios restrictivos ni de formalismos que vulneren derechos fundamentales. Disidencia: La vocal Dra. Ballhorst coincide en la necesidad de protección, pero no se detallan votos disidentes relevantes en el texto analizado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: