C., E. D. c/ O., H. J. -FILIACION- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechaza la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que confirmó la rechazo de la demanda de filiación extramatrimonial, argumentando que los agravios son de mera disconformidad y cuestiones de hecho.
Quién demanda: La actora en autos "C., E. D. contra O., H. J."
¿A quién se demanda?
La demandada H. J. O.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación de filiación extramatrimonial y cuestionamientos a la pericia genética y la valoración probatoria de la causa.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad, confirmando que los agravios eran de mera disconformidad y que no configuraban vulneración constitucional.
Fundamentos principales de la decisión:
"La queja no ha de prosperar, en tanto se advierte que los argumentos recursivos, tal como fueron traídos a consideración de este Tribunal -en su confrontación con la sentencia atacada-, revelan la mera discrepancia de la compareciente con los fundamentos expuestos por la Alzada al emitir su pronunciamiento. Ello es así desde que, pese al matiz constitucional que se invoca, en concreto se advierte que sus alegaciones remiten a cuestiones fácticas y probatorias y de interpretación de normas de derecho común, materias propias de los jueces de la causa que no incumbe a esta Corte revisar por vía del recurso de inconstitucionalidad."
"En efecto, la Cámara -al confirmar la sentencia de baja instancia que había rechazado la demanda
- consideró que la crítica vertida por la impugnante no lograba revertir la sentencia alzada, por entender que sus agravios dirigidos a cuestionar la pericia genética y con sustento en ello requerir que se realizara una nueva prueba, no resultaban suficientes para rebatir las conclusiones de la Jueza de grado en relación a la falta de acreditación del invocado vicio en torno a la cadena de custodia."
"Frente a lo cual la recurrente centra sus cuestionamientos sobre la pericia genética en la demora que habría transcurrido desde la extracción de las muestras hasta la remisión del resultado y en la falta de información sobre el cumplimiento de la 'cadena de custodia'. Mas lo cierto es que no logra demostrar irrazonabilidad en el pronunciamiento impugnado cuando se consideró que, frente a los genéricos reproches de la recurrente, permanecían incólumes los fundamentos dados en baja instancia, en cuanto a que de las constancias de la causa surgía acreditada la correcta conservación de las muestras; todo lo cual no hace más que evidenciar tan sólo su disconformidad con el resultado de dicha prueba."
"Asimismo, los planteos relacionados con la denegatoria de la apertura a prueba y la supuesta vulneración del derecho a la identidad no tienen entidad constitucional por la conducta de la actora de no interponer los recursos adecuados, y porque sus argumentos se centran
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