Logo

DURAN, EMANUEL OSCAR; BERNARD, VERONICA SILVINA; ORDONEZ, MAURICIO GONZALO Y JEDRZEJKO, AYELEN ANHAI c/ PROVINCIA DE SANTA FE -AMPARO- s/ AVOCACION

La Corte Suprema de Santa Fe declaró que las demandas de amparo por ingreso laboral de personas con discapacidad en la administración pública deben tramitar en la jurisdicción contencioso administrativa. La decisión se fundamenta en la naturaleza del conflicto y en la competencia del fuero correspondiente.

Discapacidad Amparo Derechos de las personas con discapacidad Competencia judicial Proteccion constitucional Competencia contencioso administrativa Corte santa fe Ley 11.330 Ingreso laboral Ley 9325

Quién demanda: Emanuel Oscar Durán, Verónica Silvina Bernard, Mauricio Gonzalo Ordoñez y Ayelén Anhaí Jedrzejko, en representación de personas con discapacidad, mediante acciones de amparo para obtener su ingreso como empleados públicos en la Provincia de Santa Fe.

¿A quién se demanda?

La Provincia de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se dicten los actos administrativos necesarios para el ingreso efectivo de los actores en el marco del cumplimiento de la Ley 9325, que establece la reserva de cupo del 4% para personas con discapacidad en la administración pública.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró que las acciones de amparo interpuestas tienen naturaleza contencioso administrativa, correspondiendo su tramitación en la Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1, y ordenó a los actores adecuar sus pretensiones a la Ley 11.330 en un plazo de treinta días. Fundamentos principales de la decisión:
- Se sostuvo que la materia en debate es de naturaleza administrativa, pues busca la obtención de actos administrativos que garanticen el ingreso laboral conforme a la Ley 9325 y sus reglamentaciones.
- La competencia de las Cámaras Contencioso Administrativas se presume, y las argumentaciones de los actores no demostraron por qué la vía del amparo era la única adecuada ni que existía un perjuicio irreparable que justifique su uso.
- Se recordó que el amparo es un proceso excepcional, destinado a casos en los que exista arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, lo cual no se acreditó en el presente.
- La jurisprudencia de la Corte y de la Corte Suprema de la Nación refuerzan que estas cuestiones deben tramitarse en el fuero contencioso administrativo, salvo circunstancias excepcionales.
- La decisión también busca evitar la dispersión de los casos y asegurar la seguridad jurídica, en línea con precedentes similares. Disidencia: No se registran votos disidentes relevantes en el considerando del fallo.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar