ESTALLE, LAURA FERNANDA c/ SELLART, GRACIELA -COBRO DE PESOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia confirmó la denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que rechazó la queja por la decisión de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario, que resolvió sobre la legalidad del despido y la multa por incumplimiento normativo.
Actor: La demandada (sellart) Demandado: La actora (Estalle, Laura Fernanda) Objeto: Recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de la Cámara que confirmó la procedencia del despido y la sanción de la ley 20744, cuestionando la razonabilidad y la fundamentación de la resolución. Decisión: La Corte Suprema admitió la queja presentada por la demandada, rechazando la constitucionalidad del recurso, y ordenó la elevación de los autos principales. La disidencia expresó que la impugnación no cumplía con los requisitos del artículo 1 de la ley 7055 y que los planteos eran meramente disenso con la decisión judicial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios vertidos en el memorial introductor no traducen más que el disenso de la presentante con lo decidido por el Tribunal y resaltó que esencialmente se enderezaban a demostrar su distinto parecer con la hermenéutica que efectuó respecto de las normas en juego."
"De la sentencia obrante en autos, en lo que resulta de interés, surge que los sentenciantes tuvieron en cuenta que no obstante no haberse acreditado que la accionante no gozaba exclusivamente los lunes de su franco semanal, la demandada tenía conocimiento -tal como lo reconoció
- que Estalle cursaba esos días, habiéndole expresado que 'en la medida en que pudiera conseguírsele un reemplazo se le daría permiso'."
"Seguidamente, la Sala consideró que el despido directo tras la inasistencia de fecha 22 de abril de 2013 fue intempestivo al no conceder a la actora la posibilidad de aclarar su accionar y 'en su caso, ante el silencio o una respuesta no satisfactoria recién dar por finalizado el vínculo con causa justificada'."
"Respecto a la multa del artículo 80 de la ley 20744, los planteos de la impugnante en torno a que había puesto a disposición de la trabajadora el certificado cuya entrega exige la referida norma, no logran neutralizar adecuadamente los fundamentos en los que se sustentaron los sentenciantes, quienes entendieron que le correspondía a la demandada 'la prueba de la diligencia de su liberación, recurriendo, si así fuere menester, a la consignación judicial en tiempo hábil'."
Fundamentalmente, los cuestionamientos de la recurrente se limitaron a su disconformidad con la interpretación judicial, sin que se demostrara que la resolución violara derechos constitucionales específicos, motivo por el cual la queja fue considerada improcedente
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: