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B., V. H.; B., J. P. Y M., N. N. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL 1-B., V. H.; 2-M., N. N.; 3-B., J. P. s/ DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL CON ACCESO CARNAL CALIFICADO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Santa Fe denegó la concesión del recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa de los imputados en causa por delitos contra la integridad sexual. La decisión se fundamenta en que el recurso no cumplía con los requisitos formales y sustanciales establecidos y que los planteos eran reiterativos de cuestiones ya resueltas.

Quién demanda: La defensa técnica de los imputados B. V. H., B. J. P. y M. N. N.

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra la sentencia del Tribunal de fecha 2 de julio de 2019.

¿Qué se resolvió?

La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario por considerar que la impugnante no cumplía con los requisitos formales y sustanciales para su admisibilidad, en particular la crítica prolija y razonada de la sentencia, la relación directa con normas federales y la existencia de un perjuicio irreparable. Fundamentos principales de la decisión: "El recurso deducido por la impugnante contra la decisión de esta Corte registrada en A. y S. T. 291, pág. 125 (fs. 102/104v.), no cumple con los recaudos establecidos en los incisos 'd' y 'e' del artículo 3 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 del Máximo Tribunal nacional." "En efecto, la interesada no efectúa una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando debidamente todos y cada uno de los fundamentos independientes que le dan sustento en relación con las cuestiones federales planteadas, ni demuestra que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso." "Así, la compareciente mediante la clara reiteración de postulaciones abordadas y resueltas oportunamente endilga a la sentencia de esta Corte arbitrariedad por haber denegado la queja deducida por su parte sin haber considerado -dice
- mínimamente el perjuicio de imposible reparación ulterior que se provocaría a sus defendidos." "Mas, es de ver que mediante estas alegaciones no aporta argumentos con eficacia suficiente en orden a demostrar que la decisión de este Tribunal no contenga razones jurídicas bastantes, ni tampoco justifica la lesión de los derechos y principios constitucionales que invoca." "El pronunciamiento impugnado no revestía el carácter de sentencia definitiva, ni auto que ponga fin al pleito o impida su continuación, expresando luego que no había logrado demostrar la interesada la concurrencia en el caso de circunstancias que autorizaran a soslayar la ausencia del recaudo de admisibilidad referido, así como tampoco había alcanzado a persuadir de que se encontrara comprometida en autos la garantía de doble conforme." Por ello, la Corte resuelve: "Denegar la concesión del recurso extraordinario interpuesto para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación." PALABRAS CLAVE

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