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COOPERATIVA TELEFONICA OBRAS Y SERVICIOS AGUAS c/ MUNICIPALIDAD DE CAPITAN BERMUDEZ- RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial desestimó la queja contra la resolución que denegó el recurso de inconstitucionalidad contra la ordenanza impositiva, argumentando que la impugnante no logró demostrar la supuesta arbitrariedad ni la confiscatoriedad de la cuota fija establecida. La decisión se fundamentó en que los argumentos de la actora eran insuficientes y que la Cámara analizó correctamente la razonabilidad del tributo.

Arbitrariedad Recurso de queja Inconstitucionalidad Jurisprudencia Confiscatoriedad Analisis probatorio Denegacion. Corte provincial Ordenanza impositiva Cuota fija


- Quién demanda: La actora (A y S)

¿A quién se demanda?

Cámara de lo Contencioso Administrativo n° 2 de Rosario

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que declaró improcedente el recurso contencioso administrativo y denegó la concesión del recurso de inconstitucionalidad sobre la ordenanza general impositiva n° 1067/15 y su decreto reglamentario en relación a la cuota fija de $25.300 mensual por Derecho de Registro e Inspección.

¿Qué se resolvió?

La Corte de la provincia rechazó la queja y confirmó la denegación del recurso de inconstitucionalidad por considerar que la impugnante no logró desvirtuar los fundamentos del tribunal. La Corte sostuvo que “la quejosa no asume idóneamente el cometido de rebatir los motivos que sustentaron la decisión del tribunal, limitándose a expresar su desacuerdo, sin aportar elementos que demuestren la arbitrariedad alegada”. Además, se destacó que “la Cámara analizó las implicancias del precedente 'Terminal 6' y concluyó que no existía la irracionalidad o confiscatoriedad en la cuota fija, en línea con la jurisprudencia nacional”. La decisión se fundamentó en que “las meras afirmaciones de arbitrariedad no son suficientes si no se conectan con las constancias de la causa y su incidencia en la pronunciamiento”.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte afirmó que “la denegación del recurso de inconstitucionalidad se basa en un análisis exhaustivo y racional de las pruebas y argumentos presentados por las partes”, y que “las alegaciones de arbitrariedad y afectación de garantías fundamentales deben estar debidamente fundamentadas y demostradas con las constancias del expediente”. La Corte también destacó que “la Cámara de origen valoró adecuadamente la proporcionalidad y razonabilidad de la cuota fija, sin encontrar elementos que acreditaran su carácter confiscatorio”. En consecuencia, la queja no cumple con el requisito de demostrar la arbitrariedad del pronunciamiento, por lo que debe ser rechazada.

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