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ARRUA, RAMON c/ LA SEGUNDA ART S.A. -ACCIDENTE- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja presentada por la aseguradora contra la resolución que confirmó la denegación del recurso de inconstitucionalidad en un reclamo por incapacidad laboral incremental. La sentencia fundamentó que los agravios no demostraron arbitrariedad ni vulneración de derechos constitucionales.

Incapacidad laboral Recurso de queja Inconstitucionalidad Derechos constitucionales Proceso laboral Revision administrativa Santa fe Camara de apelacion Ley 7055 Agravamiento lesiones

Actor: Ramón Arrua Demandado: La Segunda ART S.A. Objeto: Reclamación de indemnización por incapacidad incremental derivada de accidente laboral, basada en agravamiento de lesiones y revisión del dictamen de la Comisión Médica. Decisión: La Corte provincial rechazó la queja de la aseguradora, confirmando que los agravios no lograron demostrar la existencia de arbitrariedad o violación de derechos constitucionales en la resolución de la Cámara de Apelación en lo Laboral. Se sostuvo que los planteos de la recurrente reflejaban disenso con la decisión, pero no vulneración constitucional, y que la interpretación de los hechos por parte del tribunal no resultaba ilógica o irracional. La Corte también consideró que la recurrente intentaba renovar un debate ya agotado en la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios vertidos por la presentante cuestionando la decisión del Tribunal de confirmar la sentencia de baja instancia admitiendo la diferencia indemnizatoria derivada de una incapacidad incremental cuando la pretensión del actor -a su criterio
- se limitó a reclamar por un reagravamiento de su afección, no cumplen con la carga que establece el artículo 8 de la ley 7055, al no conseguir desvirtuar los motivos que fundaron la denegatoria del recurso excepcional impetrado." "Los alcances de la condena respondieron a cuestiones oportunamente introducidas y debidamente probadas, con pleno resguardo en la bilateralidad del proceso." "Se advierte la ausencia de contenido constitucional en los agravios esgrimidos por la recurrente, limitándose la misma a expresar su disconformidad con la solución adoptada, sin demostrar ilogicidad o irracionalidad en la interpretación del tribunal."

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