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LITVAK, IVAN DANILO c/ CONSTRUCCIONES INGENIERO EDUARDO C. OLIVA S.A.I.C.E.I. -SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe anuló una sentencia que no valoró correctamente las pruebas y la normativa aplicable en un caso de horas extras laborales, ordenando un nuevo juicio ante un tribunal subrogante. La decisión se fundamenta en la arbitrariedad y la falta de motivación adecuada.

Arbitrariedad Control judicial Horas extras Jornada laboral Recurso de inconstitucionalidad Revision de prueba Fallo judicial. Normativa laboral Convenio colectivo 345/02 Motivacion constitucional


- Quién demanda: Iván Danilo Litvak

¿A quién se demanda?

Construcciones Ind. E. C. Oliva S.A.I.C.E.I.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de horas extras trabajadas y no abonadas, por un período de prescripción, en promedio 1.5 horas diarias, en el marco del Convenio Colectivo N° 345/02.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad, anuló la sentencia impugnada y ordenó que el caso sea revisado por un tribunal subrogante. La decisión se basa en que la sala de alzada interpretó erróneamente la normativa aplicable y no valoró adecuadamente las constancias de la causa, incurriendo en arbitrariedad y afectando derechos constitucionales como el de defensa y el acceso a la justicia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es justamente en esa labor de ponderación que se advierte la arbitrariedad alegada. Es que la Sala se limitó a extraer aisladamente e interpretar con dogmatismo que la jornada consistente en 9 horas diarias de lunes a viernes (más no 9 horas y media, como alegó el accionante en la demanda) no se encontraba controvertida y, por ende, se excedía del máximo legal de 8 horas. Sin embargo, soslayó efectuar una interpretación y valoración conglobante de todo el derecho vigente y aplicable a la causa [...] sin satisfacer de tal forma la debida motivación suficiente, constitucionalmente exigida (art. 95, C.P.)". "Lo expuesto 'ut supra' es demostrativo de que el Tribunal efectuó un análisis aislado y parcial de la normativa aplicable, al omitir disposiciones legales y convencionales conducentes que debieron ser consideradas y que, de haber sido valoradas y entrelazadas con las constancias de la causa, podrían haber conducido a un resultado distinto. Arbitrariedad que conllevó a la Alzada a brindar una sentencia con fundamentación solo aparente."

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