FINAGRO S.A. c/ SASONI, OLDAMAR Y OTROS -DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe declaró parcialmente procedente el recurso de inconstitucionalidad presentado contra la sentencia que reguló honorarios y aspectos procesales en un juicio por daños y perjuicios. La decisión anula la sentencia y ordena un nuevo pronunciamiento conforme a los fundamentos.
Quién demanda: FINAGRO S.A.
¿A quién se demanda?
Oldamar Pilar Sasoni, Carlos Alberto Sasoni y Cable Video Norte S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la regulación de honorarios profesionales, aspectos procesales y fundamentos de la sentencia, por considerarlos vulneratorios de derechos constitucionales y legales.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró parcialmente procedente el recurso de inconstitucionalidad, anulando la sentencia impugnada y remitiendo los autos para un nuevo pronunciamiento, con costas en un 20% a los demandados recurrentes y en un 80% a la parte vencida.
Fundamentos principales de la decisión:
- Se constató que la resolución impugnada incurrió en arbitrariedad al regular honorarios en forma separada y diferenciada de los profesionales intervinientes, en contravención al artículo 6 del Código Arancelario, que establece que la regulación debe hacerse en función de la cantidad reclamada o de la que resulte de la sentencia, sumando las reconvenciones.
- La Cámara de Apelación desestimó agravios respecto a la cuantía del interés y a la valoración de las reconvenciones, pero la Corte consideró que la regulación de honorarios en la sentencia no respetó la normativa aplicable, ya que se apartó del texto legal y su regulación fue inconsistente.
- Se evidenció la existencia de un vicio de fundamentación en la decisión de la Cámara, al no considerar los aspectos fácticos y normativos que sustentan la regulación.
- La Corte afirmó que la resolución impugnada afectó derechos constitucionales, en particular el derecho de defensa y la legalidad, al no fundamentar adecuadamente la regulación de honorarios y al apartarse de la normativa arancelaria vigente.
- También se observó que la resolución contenía autocontradicciones en relación a la fundamentación del rechazo de recursos y la regulación de honorarios, lo que constituye una vulneración del debido proceso.
- Finalmente, se concluyó que la arbitrariedad y la falta de fundamentación adecuada justifican la declaración de procedencia del recurso y la nulidad parcial de la sentencia recurrida.
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