J., I. J. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL J., I. J. s/ DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL VICTIMA MENOR DE 16 AÑOS (ESTUPRO) ABUSO SEXUAL (ACUMULADO CUIJ 21-07004635-8 s/ ALLANAMIENTO Y SECUESTRO); HOY RECURSO J., I. J. s/ APELACION-SENTENCIA CONDENA PRISION EFECTIVA (CUIJ 21-06249720-0) s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)
La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente un recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que revocó una condena por abuso sexual infantil. El tribunal consideró que la valoración de la prueba y la interpretación de los hechos por la alzada vulneraron derechos y estándares internacionales de protección a las víctimas menores.
Actor: Los representantes del Ministerio Público de la Acusación (Fiscal Regional y Fiscal de Rafaela) Demandado: Tribunal de Alzada que revocó la condena y absolvió al imputado Objeto: La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que anuló la condena por considerar que hubo valoración arbitraria y prejuiciosa de la prueba Decisión: La Corte consideró que la resolución de la Alzada vulneró principios constitucionales, convencionales y estándares internacionales sobre protección de menores víctimas de abuso sexual, y declaró la procedencia del recurso, anulando la resolución de la instancia anterior y remitiendo la causa a un nuevo tribunal para dictar un nuevo fallo conforme a los lineamientos del pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte sostuvo que la valoración de la declaración de la víctima infantil en Cámara Gesell fue desestimada indebidamente, en violación de los derechos garantizados por la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención de Belem do Pará, que establecen que los testimonios de menores deben ser considerados con especial protección y sin prejuicios. La resolución recurrida apartó su análisis de estos estándares internacionales, relativizando y desoyendo la declaración de la víctima, y desestimando pruebas que confirmaban la veracidad de su relato, como informes psicológicos, testimonios y evidencia biológica. La decisión de la Alzada se fundó en prejuicios y en una interpretación sesgada de los hechos, vulnerando derechos constitucionales y convencionales, y produciendo una declaración inconstitucional que afectó el debido proceso y la protección de los derechos de la víctima menor.
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