ZABRANSKI, DANIEL BERNABE c/ ASOCIART ART S.A. s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró la procedencia del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que aplicó la ley 24557 con actualización del índice RIPTE vigente al momento de la liquidación y no al momento del siniestro, por considerar que vulnera derechos constitucionales y la seguridad jurídica.
- Quién demanda: Asociación aseguradora (Asociart ART S.A.)
¿A quién se demanda?
Daniel Bernabe Zabranski
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la sentencia que condenó a pagar indemnización por agravación de hipoacusia, aplicando la ley 24557 y la resolución ministerial vigente al momento de la liquidación, en lugar del momento del siniestro.
¿Qué se resolvió?
La Corte admitió el recurso de inconstitucionalidad, considerando que la sentencia viola derechos constitucionales, ya que la alzada no hizo un esfuerzo por fundamentar correctamente la decisión, aplicando retroactivamente una norma no vigente en el momento del hecho. La sentencia impugnada fue anulada y se remitieron los autos a un tribunal subrogante para dictar un nuevo fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El criterio adoptado por la Sala al aplicar la resolución vigente al momento de practicarse la planilla, en lugar del momento del siniestro, viola la garantía constitucional de seguridad jurídica, ya que se está aplicando retroactivamente una norma que no era vigente en ese momento, afectando derechos adquiridos y la previsibilidad jurídica. La jurisprudencia nacional, en especial el precedente 'Espósito', sostiene que para casos de contingencias cuya primera manifestación invalidante se produjo en un momento determinado, la actualización debe hacerse conforme a la normativa vigente en esa fecha, no en la de la liquidación." "Es fundamental que los tribunales respeten la interpretación constitucional y la jurisprudencia consolidada, y no alteren los derechos de las partes mediante interpretaciones que vulneren principios básicos del derecho constitucional y la seguridad jurídica."
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