PONCE, DEBORA ANAHI c/ DOW AGROSCIENCES ARGENTINA S.A. -DEMANDA LABORAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte de Santa Fe rechazó la queja de la actora contra la sentencia que confirmó la despido por abandono de trabajo, argumentando que la decisión judicial no mostró arbitrariedad ni vulneró derechos constitucionales, pues se ajustó a la valoración de las pruebas y la normativa vigente.
- Quién demanda: Debora Anahí Ponce, por despido laboral.
¿A quién se demanda?
DOW Agrosciences Arg. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamó la declaración de nulidad del fallo y cuestionó la validez del despido por abandono, solicitando la revisión de la valoración probatoria y el cumplimiento del procedimiento de convocatoria.
¿Qué se resolvió?
La Corte rechazó la queja por considerar que no existió arbitrariedad ni violación constitucional, confirmando la razonabilidad y fundamentación de la sentencia de la Cámara que avaló el despido por abandono, tras analizar el medio de convocatoria y la valoración de la prueba.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El impugnante no alcanza a demostrar suficientemente un supuesto de arbitrariedad, en tanto sus cuestionamientos, se diluyen al dejar incólume el núcleo sentencial de la Alzada antes expuesto. Es que la postulación extraordinaria gira en torno a invocar un apartamiento de las pruebas rendidas en la causa, según las cuales -afirma
- se acreditaría la modalidad de convocatoria por vía telefónica. Sin embargo, no se hace cargo de rebatir el argumento basal dado por los Sentenciantes en cuanto a que el medio de comunicación utilizado resultaría idóneo para cumplir con la exigencia normativa (art. 6 dec. 301/13)."
"De tal manera, no se demuestra ni se advierte falta de motivación en lo sentenciado, girando las cuestiones propuestas en torno a materias propias del ámbito reservado a los jueces ordinarios de la causa. Es consecuencia ineludible de lo expresado que la cuestión así planteada expresa una mera oposición conceptual con el criterio con que el A quo valoró las pruebas y aplicó la normativa que regula el caso, sin lograr demostrar que lo decidido no se sustente razonablemente en el ordenamiento jurídico vigente."
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